RESPONSABILIDAD SOCIAL
DEL PERIODISMO -
DECLARACIÓN DE LA PLATA
La Facultad de
Periodismo de la Universidad Nacional de La Plata, el Centro de Estudiantes Rodolfo
Walsh, Comunicadores de la Argentina (COMUNA), junto con estudiantes de Periodismo
de la casa de estudios, declaramos:
1)
El periodismo es una actividad que genera amplias repercusiones sociales y
condiciona y determina conductas de los ciudadanos. Debe ser ejercido asumiendo
la responsabilidad de que la información esté siempre basada en fuentes
identificables y con autoridad sobre los temas que se comunican al público. Los
medios y los periodistas son responsables por lo que emiten y sus
consecuencias, y su accionar está determinado por el derecho del público a ser
informado.
2)
Ningún hecho ni ninguna imagen puede ser jamás alterada o modificada, salvo en
los casos contemplados por la ley, como por ejemplo para niñas, niños y
adolescentes. Esto constituye un límite ético que no puede ser ignorado bajo
ninguna circunstancia.
3)
La información debe ser verificada y contrastada a través de fuentes diversas y
el público tiene derecho a acceder a ella sin que sea condicionada, manipulada
o tergiversada en función de los intereses sectoriales de los medios emisores.
4)
El público tiene derecho a conocer las pertenencias empresariales y las
posiciones ideológicas y políticas partidarias de los medios y sus periodistas.
A su vez, los periodistas tienen derecho pleno a ejercer la libertad de
conciencia, es decir negarse a reproducir información distorsionada u opiniones
que violen sus principios éticos.
5)
La búsqueda de la primicia y la competencia mercantil por la información no
deben desarrollarse a costa de la veracidad y de la debida verificación de los
hechos.
Estos
cinco principios sintetizan la opinión de las instituciones y entidades
citadas, que además acordaron trabajar en conjunto para proponer un Código de
Responsabilidad Social del Periodismo que se discuta en todo el país y para
promover la creación de una defensoría de los lectores de medios gráficos,
similar a la Defensoría de las audiencias de radio y televisión contemplada en
la Ley 26.522.
Nota:
todos los contenidos del debate serán incluidos en un documento de elaboración posterior.
La
Plata, 2 de junio de 2014.
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